
Ante la admisión a trámite del Tribunal Supremo de los recursos presentados por los gobiernos de España, Aragón y Navarra y la empresa Geolcali contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra que con fecha 30 de septiembre de 2024 dictó sentencia estimando nuestro recurso, anulando y dejando sin efecto la Orden Foral 124E/2022 del Consejero de Desarrollo Económico y Empresarial, la Resolución 56/2021 de la Directora General de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S3, al ser contrarias al Ordenamiento Jurídico, con las consecuencias inherentes a dicha anulación, desde los colectivos firmantes de este comunicado manifestamos lo siguiente:
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